Impulsan la expropiación de la Casa Beiró de Villa Devoto
Con la firma de Francisco Loupias, legisladores de UCR, Confianza Pública, Unión por la Patria, Frente Liberal Republicano, el oficialismo Vamos por más y el Movimiento de Integración al Desarrollo presentaron un proyecto de Ley para que el Poder Ejecutivo porteño expropie la Casa Beiró de Villa Devoto, que a principios de enero sufrió un incendio en su interior, que agravó su estado de deterioro.
“Declárese de utilidad pública debido a su interés cultural e histórico, y sujeto a expropiación en los términos establecidos por la Ley Nº 238, el inmueble y los bienes muebles e instalaciones contenidos en él, finca que fuera casa-habitación del Dr. Francisco Beiró, ubicada en la calle José Cantilo 4500, del Barrio de Villa Devoto de esta Ciudad, identificado bajo la Nomenclatura Catastral: Circunscripción 15, Sección 89, Manzana 96, Parcela 11F”, indica el primer artículo.
“Desígnese al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como sujeto expropiante del inmueble citado, el cual será afectado al Ministerio de Cultura a efectos de su puesta en valor y construcción de un Centro Cultural, Museo y/u otro destino vinculado a estos”, indica el segundo artículo.
Como informó CEMBA, en 2024 en el bloque Unión por la Patria habían presentado un proyecto de Ley para montar un museo en la Casa Beiró. En el pasado hubo otros tantos proyectos de Ley promovidos por legisladores y la comunidad que perdieron estado parlamentario.
La fundamentación del proyecto de expropiación presentado ahora recuerda que por la Ley 2858, en el año 2008 (B.O. 3127 del 03/03/2009), esta Legislatura ha catalogado a la finca con “Nivel de Protección Estructural, en los términos del artículo 10.3.3 del Código de Planeamiento Urbano”, cuya Protección Especial Edilicia, reza así: “b. Protección Estructural: Se encuentran afectados a este nivel aquellos edificios de carácter singular y tipológico, que por su valor histórico-cultural, arquitectónico, urbanístico o simbólico caracterizan su entorno o califican un espacio urbano o son testimonio de la memoria de la comunidad”.
“El elemento teleológico del presente proyecto es la satisfacción del bien común, teniendo presente en este punto principios como el de la función social de la propiedad y del destino universal de los bienes. Mediante el resorte otorgado por la Ley 238, se busca la obtención de una irreprochable declaración de utilidad pública con el fin último de salvaguardar los elementos testimoniales que hacen al valor histórico-cultural del inmueble de marras que configuran la memoria histórica colectiva de nuestra Ciudad, al tiempo de satisfacer a la comunidad, la necesidad de contar con espacios culturales en el seno barrial”, defendieron los legisladores porteños.
Juan Castro