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Prisión preventiva para el abusador de Parque Mugica

La Justicia dispuso la prisión preventiva contra el acusado por reiterados casos de abuso sexual, que tuvieron como víctimas al menos a cinco mujeres, a quienes empujó y manoseó en los alrededores del Parque Carlos Mugica y en la zona de Villa Urquiza conocida como “La Siberia”. El sujeto cayó tras atacar a una integrante de la Policía de la Ciudad que no estaba uniformada. Pasadas tres semanas de ello, por las pruebas reunidas en su contra, se le trabó además un embargo por 600 mil pesos.

Según el expediente, al que tuvo acceso Saavedra Online, el detenido de 21 años de edad (con domicilio en El Palomar y empleado de una droguería situada muy cerca del lugar de los ataques) fue imputado por la Fiscalía de Núñez-Saavedra, a cargo del Dr. José María Campagnoli, que llevó adelante la investigación por abuso sexual en cinco hechos, ocurridos el 2 de febrero y el 8 y 15 de marzo pasados. Tres se dieron en el cruce de Aizpurúa y Núñez y uno a pocos metros, en Larralde y Achega.

La acción desplegada constituye la figura de abuso sexual reiterado en cinco oportunidades, en concurso material entre sí y real con el delito de lesiones graves. Los tocamientos efectuados contra las víctimas en las nalgas, senos y la entrepierna, ha menoscabado la integridad y libertad sexual de las damnificadas.

El fallo hizo foco en la “falta de consentimiento respecto de estos actos sorpresivos ejecutados por el acusado”, los cuales a su juicio es suficiente para “evitar la resistencia de la persona ofendida y afirmar la no aceptación de la víctima”. “El causante avasalló el ámbito de libertad sexual de las damnificadas, al agredirlas en forma sorpresiva mientras se encontraban en la vía pública”, agregó. Por otro lado, respecto de las lesiones graves, “se ha tenido por acreditado en la valoración precedente que fueron producidas por un accionar activo y doloso por parte del imputado”, dijo asimismo la presentación de la Fiscalía.

A la hora de disponer la prisión preventiva, el fiscal detalló que “no han variado las circunstancias valoradas al momento de resolver el incidente de excarcelación formado en favor del nombrado” a finales de marzo, como informó Saavedra Online. “Debo evaluar desfavorablemente la gravedad de los hechos materia de juzgamiento, en tanto se encuentra acusado de atacar sexualmente a mujeres que se encontraban caminando solas por la vía pública en sitios de poco tránsito vehicular y peatonal, con el claro propósito de aumentar su poder ofensivo y evitar que las víctimas sean auxiliadas”, sostuvo el texto, al tiempo que recordó que “en caso de recaer condena en los presentes actuados, la pena que se imponga será indefectiblemente de efectivo cumplimiento”.

Otro de los elementos destacados del fallo fue la imposición del embargo. El mismo fue justificado al “tenerse en cuenta el eventual reclamo por indemnización civil que podrían reclamar las víctimas, incluso por el daño moral producido por la situación traumática que han atravesado y especialmente las lesiones causadas a una de ellas, que provocaron no sólo un daño en su salud, sino también un dispendio económico para su posterior tratamiento”.

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