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Por la creación de la Justicia laboral porteña

Tal como había adelantado, el jefe de Gobierno Jorge Macri envió a la Legislatura porteña un proyecto de Ley para crear la Justicia laboral en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. A la par presentó un segundo proyecto para instaurar un Código Procesal Penal para la Justicia Laboral de CABA.

De este modo, se propone un cambio a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado por Ley 6.588).

El fuero estará integrado por 10 juzgados de primera instancia y una Cámara de Apelaciones del Trabajo conformada por dos Salas, para entender “en todas las cuestiones contenciosas de conflictos individuales de derecho del trabajo, por demandas o reconvenciones fundadas en los contratos de trabajo, convenciones colectivas de trabajo, laudos con eficacia de convenciones colectivas, o disposiciones legales o reglamentarias del Derecho del Trabajo; y las causas entre trabajadores y empleadores relativas a un contrato de trabajo, aunque se funden en disposiciones del derecho común aplicables a aquél”, según el proyecto firmado por Jorge Macri.

“Asimismo, se establece el plazo de 180 días corridos desde la entrada en vigencia de la Ley, a fin de que el Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires disponga lo necesario para la integración de los órganos que conforman la referida justicia del Trabajo”, se aclara.

A la hora de defender esta propuesta, se argumentó: “Actualmente, la demora en la resolución de los procesos laborales ante la Justicia Nacional del Trabajo, sumado a la importante cantidad de vacantes pendientes de designación de jueces en ambas instancias, impacta en las expectativas de la ciudadanía, quienes aguardan durante años la resolución de sus reclamos laborales. Esta demora en brindar a los/as vecinos/as y empresas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un servicio propio de justicia que sea moderno y eficiente, hace que actualmente los reclamos individuales del trabajo transiten por distintas sendas que, por su demora o complejidad en su trámite, atentan contra la acreencia alimentaria de los/as trabajadores/as ante las continuas crisis económicas del país. Las empresas –especialmente las PYMES– no resultan ajenas a estas complejidades. En efecto, la demora en la resolución de conflictos conspira también a su respecto, sumado al efecto de las condenas que, por su excesivo monto, atentan contra su patrimonio y su continuidad”.

 

Juan Castro