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Impulsan una Ley para regular los Centros de Primera Infancia

La legisladora porteña Natalia Fidel (Vamos Juntos) presentó un proyecto de Ley para “regular el funcionamiento y establecer presupuestos mínimos para la supervisión institucional y pedagógica de los Centros de Primera Infancia, con el fin de garantizar el derecho a una educación inicial de calidad, sin discriminación ni exclusión”.

El proyecto define como “Centros de Primera Infancia” (en adelante CPI) a aquellas instituciones que “brindan asistencia, cuidado y educación a niños y niñas de cuarenta y cinco (45) días a cinco (5) años de edad, en situación de vulnerabilidad social, en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, propiciando la modalidad de gestión asociada entre Organizaciones de la Sociedad Civil y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sin perjuicio de que esta ley faculte al Poder Ejecutivo a seleccionar otra modalidad cuando las circunstancias sociales lo ameriten conveniente”.

El Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat de la Ciudad será la autoridad de aplicación  y junto al de Educación supervisarán la propuesta pedagogica de cada CPI.

La institución debe contar con un/a director/a o referente pedagógico con formación y/o experiencia específica en el campo de la educación infantil, con un Equipo Técnico a ser individualizado a través de la reglamentación de la presente, que puede consistir en: psicopedagogo/a; psicomotricista; psicóloga/o; trabajador/a Social o Asistente Social; maestras/os Auxiliares; maestras/os especializadas/os en educación física, música y actividades plásticas; encargadas/os de limpieza y mantenimiento.

Además, se establece que los CPI “cuentan con un Proyecto Educativo Institucional Anual (PEIA). Dicho proyecto debe ajustarse a los criterios pedagógicos prefijados por los Diseños Curriculares para el Nivel Inicial del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires contemplando el contexto y las particularidades de la población que asiste, contener una propuesta funcional y articulada entre las salas, ser aprobado por la instancia de supervisión pedagógica”.

A la hora de defender esta propuesta, el texto con la firma de la legisladora Fidel expone: “Cabe señalar que la obligatoriedad en el sistema educativo es a partir de la sala de cuatro (4) años en el Nivel Inicial. Pero se establece que la oferta educativa se debe asegurar a partir de los cuarenta y cinco (45) días de vida en adelante. Por lo tanto, todos/todas los/las niños/as a partir de los cuarenta y cinco (45) días de edad tienen el derecho de acceder a instituciones educativas públicas, de gestión estatal, laica y gratuita. Es nuestro deber trabajar en aras a dar cumplimiento a la prerrogativa constitucional, y continuar sumando esfuerzos para mejorar la oferta de espacios tanto pedagógicos como de asistencia social y de salud para todos los habitantes de la ciudad, pero especialmente para Niños, Niñas y Adolescentes. Este deber cobra mayor vigor y vigencia que nunca cuando, además, aquellos NNyA pertenecen a poblaciones vulnerables”.

“En los últimos años, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires acompañó la creación de nuevas instituciones dedicadas a la primera infancia. Así se crearon los Centros de Primera Infancia (CPI), entre otras instituciones, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat. Esta es una política de gobierno que ha funcionado muy bien y permite resguardar, proteger, y brindar contención a NNyA. Sin embargo, dicha política carece de la institucionalidad, consolidación, y carácter de política de estado que puede adquirir a través de la consagración legislativa de esta política. A raíz de ello surge la presente regulación marco”, indica.

“Por otro lado, las tendencias regionales y mundiales, recomiendan reforzar la oferta de instituciones educativo-asistenciales de alta calidad pedagógica desde los cuarenta y cinco (45) días y ofrecer una regulación homogénea que garantice el derecho a la educación y al cuidado desde los primeros días de vida. Por todo esto, el Nivel Inicial no requiere sólo de atención asistencial sino que también demanda una orientación pedagógica para conducir la propuesta con dirección, intencionalidad y sistematización. A modo de conclusión, este proyecto de ley establece presupuestos de calidad para la organización, el funcionamiento y la supervisión pedagógica de los Centros de Primera Infancia (CPI) dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat”, concluye la defensa del proyecto de Ley.

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