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Condenan a prisión perpetua al falso jardinero que mató a golpes una vecina de 88 años en Vilela y Cramer

Un hombre de 33 años fue condenado a prisión perpetua por el crimen de una jubilada, asesinada a golpes durante un robo cometido en 2020 cuando un delincuente que se había hecho pasar por jardinero la asaltó en su casa del barrio porteño de Saavedra, informaron hoy fuentes judiciales.

El fallo por mayoría del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 27 recayó sobre Juan Pablo Vera como autor del delito de “homicidio doblemente agravado por haber sido cometido criminis causae y por alevosía, en concurso ideal con robo”, en perjuicio de Elba Noemí Montenegro (88).

Los jueces Federico Salvá, Jorge Romeo y Javier De la Fuente dieron por probado que el crimen ocurrió el sábado 4 de enero del 2020 con posterioridad a las 12.15 en una vivienda situada en la calle Vilela al 2908, y Crámer , del barrio de Saavedra.

De acuerdo a la sentencia a la que Télam tuvo acceso, en esa ocasión, Vera se presentó en la vivienda de Montenegro simulando que iba a realizar trabajos de jardinería, lo que permitió que les facilitara el acceso.

Una vez dentro del living de la propiedad, el delincuente aprovechó que ella estaba desprevenida, la golpeó en la cabeza y en otras partes del cuerpo, la maniató con hilos (tipo de embalaje de nailon) y la amordazó con un mantel blanco con bordado de flores.

Ya con Montenegro reducida e indefensa, comenzó a revolver los distintos ambientes de la casa y sustrajo el teléfono celular de la víctima marca LG modelo 360, dinero en efectivo y varias joyas, tras lo cual huyó del lugar.

La mujer sufrió un severo politraumatismo representado por una “fractura del esternón y del quinto, sexto y séptimo arco costal anterior izquierdo; hematoma en el cuero cabelludo a nivel fronto-parieto-temporal izquierdo y hematoma que abarca la totalidad de la hemicara izquierda desde la región frontal al mentón”, entre otras lesiones.

La golpiza que Vera le propinó a Montenegro tuvo como consecuencia su muerte tras un prolongado período de agonía, determinó la autopsia que fue incorporada al expediente judicial.

El cuerpo de la víctima fue hallado el miércoles 8 de enero luego que su hijo les pidió a dos vecinos que fueran a la casa porque la mujer no le respondía los llamados.

El fiscal general Guillermo Pérez de la Fuente en su alegato y el TOC 27 en el fallo, basaron la acusación en las imágenes de las cámaras de seguridad que tomaron a Vera saliendo de la casa el 4 de enero por la tarde, día señalado por el informe de la autopsia como la fecha del homicidio.

Además, al momento de su detención, efectuada el 17 de enero del año pasado en el partido de Escobar, la Policía encontró en su poder algunas alhajas que habían pertenecido a la mujer.

Si bien la fiscalía sostuvo que pudo haber habido un cómplice, los jueces creen que el imputado estuvo sólo al momento del hecho.

“Lo cierto es que las probanzas que se han valorado indican que sólo Vera se encontró domicilio de la fallecida Montenegro el día de su homicidio, por lo que entiendo que resulta ser al autor material del mismo, más allá que no pueda descartarse en forma absoluta la participación de otra persona en el hecho perpetrado por el nombrado”, dijo en su voto el juez Salvá.

El magistrado agregó que no hubo “una intención de neutralizar alguna resistencia de la víctima, pues por su avanzada edad era fácil de controlar, incluso siendo maniatada” y “ni siquiera hubo intención de taparle la boca, para evitar algún grito”.

“Las lesiones que nos indica la autopsia dan claras muestras que los golpes producidos han sido mortales, es por ello que claramente el resultado buscado por el victimario era la muerte de su víctima”, señaló.

Por último, el Tribunal afirmó que “la versión dada por el imputado no resulta en absoluto creíble”, ya que en su declaración indagatoria dijo que había sido otro hombre el autor material con el que había ido a trabajar.

Según Vera, esa persona la tomó del “cuello dentro del domicilio, por lo que (él) se asustó yéndose inmediatamente del lugar previo a que le entregara un monedero con algunas pertenencias de la mujer asesinada”.

El TOC recordó que por el caso hubo un segundo sospechoso señalado por el ahora condenado que estuvo detenido y que fue beneficiado por una falta de mérito.

En tanto, el juez De la Fuente coincidió con sus colegas respecto a la autoría del asesinato pero consideró que debió haberse encuadrado como un “homicidio en ocasión de robo” y que la pena a cumplir debería ser 20 años, por lo que la sentencia a perpetua fue por mayoría.