Se ratificó el DNU para suspender obras inmobiliarias
Uno de los temas más relevantes de la sesión de este jueves fue la validación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 2/2024 del jefe de Gobierno, Jorge Macri, “referido a la suspensión del inicio de los trámites para certificados urbanísticos, en los términos del artículo 2.1 del Código Urbanístico, por el plazo de 180 días corridos, o hasta la sanción de un proyecto de Ley de Modificación del Código Urbanístico”.
Se aprobó con 34 votos positivos del oficialismo Vamos por más, UCR, Confianza Pública, Partido Socialista, Republicanos Unidos, Frente Liberal Republicano y un sector de La Libertad Avanza liderado por Ramiro Marra.
Lo rechazaron los tres legisladores del Frente de Izquierda y se abstuvieron en Unión por la Patria y otro sector de La Libertad Avanza liderado por María del Pilar Ramírez.
En julio ingresó a la Legislatura el proyecto de Ley también firmado por Jorge Macri para introducir ajustes al Código Urbanístico. “Se entiende razonable y necesario adoptar medidas de carácter extraordinario durante el tratamiento parlamentario del Proyecto de modificación del Código Urbanístico, a fin de evitar situaciones que se contrapongan con los objetivos que éste persigue, derivando en efectos contradictorios y disvaliosos para los intereses de la Ciudad y sus vecinos/as, en función del nuevo paradigma de planeamiento urbano que se encuentra actualmente bajo análisis legislativo”, fundamentan en el Poder Ejecutivo.
Este DNU generó polémica entre varios legisladores que cuestionaron la suspensión de los permisos, tal como lo habían planteado varios desarrolladores inmobiliarios apenas se supo de la existencia de este decreto.
Por caso, María del Pilar Ramírez aseguró que la suspensión de obras es un acto “arbitrario” y que atenta contra “la libertad” de emprendedores privados.
De modo similar se expresó el legislador Juan Pablo Arenaza, quien alertó que las “excesivas regulaciones” pueden perjudicar el desarrollo económico de la Ciudad. De todos modos, votó a favor ya que integra el bloque oficialista Vamos por más. Sí integra el sector de legisladores del PRO ligados a Patricia Bullrich, hoy ministra de Seguridad del Gobierno libertario.
El legislador de la Coalición Cívica en el bloque Vamos por más Hernán Reyes defendió el espíritu del DNU y señaló que, al igual que la defensa del Poder Ejecutivo, el objetivo es la “preservación del interés general” durante el debate parlamentario.
Explicó que, al tratarse de una Ley de doble lectura que incluirá una Audiencia Pública de por medio y una segunda votación final, el trámite parlamentario puede extenderse por seis meses.
El artículo primero del DNU firmado por Jorge Macri establece: “Suspender el inicio de los trámites para solicitar Certificados Urbanísticos, en los términos del artículo 2.1. del Código Urbanístico, por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos, o hasta la fecha de la sanción de un Proyecto de Ley de modificación del Código Urbanístico, lo que ocurra primero”.
“Suspender el inicio de los trámites para solicitar prórroga de Certificados Urbanísticos, en los términos del artículo 2.1. del Código Urbanístico, para inmuebles ubicados en Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B. 1) y Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B. 2), por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos, o hasta la fecha de la sanción de un Proyecto de Ley de modificación del Código Urbanístico, lo que ocurra primero”, indica el segundo artículo.
“Suspender el inicio de los trámites por Consultas de Interpretación Urbanística y Consulta Obligatoria (consulta obligatoria general y consulta obligatoria para inmuebles en Áreas de Protección Histórica o catalogados), enmarcados en el artículo 2.4 del Código Urbanístico, para inmuebles ubicados en Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B. 1) y Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B. 2), por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos o hasta la fecha de la sanción de un Proyecto de Ley de modificación del Código Urbanístico, lo que ocurra primero”, se agrega.
“Suspender el inicio de los trámites de Registro en Etapa Proyecto para ampliaciones u obra nueva, respecto a inmuebles ubicados en Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 1 (U.S.A.B. 1) y Unidad de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B. 2), por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos o hasta la fecha de sanción de un Proyecto de Ley de modificación del Código Urbanístico, lo que ocurra primero”, expone el cuarto artículo.
“Se exceptúan de lo previsto en el artículo 4° a los trámites referidos a proyectos que: a la fecha de publicación del presente Decreto, tuvieren otorgada y vigente la factibilidad por consulta de interpretación urbanística o consulta obligatoria, o cuenten con certificado urbanístico vigente, mediante acto administrativo dictado por la Dirección General Interpretación Urbanística, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Urbana de la Secretaría de Desarrollo Urbano. a. tengan una pisada hasta la Línea de Frente Interno, con un plano límite proyectado de hasta nueve (9) metros, y que no contemplen construcciones conforme lo previsto en los artículos 6.3.1 y 6.3.1.1 del Código Urbanístico”, indica el quinto.
“El presente Decreto de Necesidad y Urgencia entrará en vigencia y producirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires”, aclara el artículo sexto.
Juan Castro