La Fiscalía rechazó el amparo ambiental contra el Código Urbanístico
Organizaciones vecinales en Devoto se habían presentado para frenar la aplicación del Código, que autoriza más obras • Ahora resta que se expida el juez.
La puja que sostienen grupos de vecinos y organizaciones contra el Gobierno de la Ciudad, por la aplicación del Código Urbanístico, tuvo un freno semanas atrás por parte de la Fiscalía interviniente, que consideró inadmisible el amparo que los primeros habían impuesto para frenar la aplicación de la nueva normativa en Devoto, siguiendo el camino de otros barrios.
El dictamen del Ministerio Público está firmado por la Fiscal de Primera Instancia Marcela Monti, que se expresó sobre la acción de amparo “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad CONTRA GCBA SOBRE AMPARO – AMBIENTAL”, Expte. N° 355939-2022/0, teniendo en cuenta que la organización encabezada por Jonatan Baldiviezo patrocinó la petición.
En el texto, la fiscal argumenta que “no podría admitirse en esta instancia la promoción de una acción que persiga el control de la mera legalidad de una disposición, que sea posible de ser deducida en abstracto y sin referencia a un agravio concreto del derecho de incidencia colectiva cuya tutela se reclama”, porque “implicaría violentar la esencia del control de constitucionalidad que se le encomienda al Poder Judicial”.
La funcionaria judicial considera también que lo presentado por el Observatorio “no permite verificar una afectación concreta, ni tampoco cuál es el perjuicio directo que produce en los derechos de incidencia colectiva que entiende que se encontrarían vulnerados”.
En la presentación, a su vez, Monti se posiciona en la idea de que es imposible tomar lo presentado como una afectación concreta e inmediata que se origine como consecuencia de la aplicación del Código. La fiscal señala en su argumentación que quienes se oponen a la aplicación del Código deberían presentar un proyecto en la Legislatura para generar un nuevo cambio en la normativa, o recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia considerando inconstitucional la ley entera.
“Teniendo en cuenta que la presente acción de amparo se encuentra basada en agravios cuya vinculación con la normativa cuestionada no ha sido expuesta ni mucho menos acreditada, así como en suposiciones que, de momento, no poseen virtualidad jurídica ni fáctica a fin de lesionar los derechos que se dicen afectados, considero que debería declararse sin más trámite su inadmisibilidad”, cierra Monti.
La respuesta del Observatorio
Desde el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, rápidamente, llevaron a cabo una respuesta al Traslado presentado por la funcionaria del Ministerio Público, donde refutaron su planteo. “Podrá no estar de acuerdo con la afectación a los bienes colectivos que se detallan en la demanda pero no estamos frente a un planteo abstracto. Al contrario, con muchísimo esfuerzo habitantes de Villa Devoto realizaron un relevamiento exhaustivo de la renovación inmobiliaria que está generando el Código Urbanístico y la venta, demolición y construcción de inmuebles”, destaca el texto.
“Este proceso de renovación inmobiliaria descrito en el escrito de demanda no es para construir viviendas de la misma capacidad constructiva que las existentes. Es para construir edificios multifamiliares aprovechando el máximo de la capacidad constructiva autorizada por el nuevo Código Urbanístico que, como se detalló, incrementó en más del 60% del barrio del 200 al 400% los metros cuadrados construibles. En algunos sectores dicho incremento llega al 60%. En síntesis, Villa Devoto está en camino a cuadruplicar su densidad demográfica y su densidad edilicia. Es una metamorfosis concreta”, señala a su vez, en referencia al relevamiento informado por este periódico meses atrás. En el mismo sentido, comparten en el documento datos oficiales que muestran un incremento en los permisos de obra en Villa Devoto del 100% entre 2020 y 2021.
“La transformación de Villa Devoto impulsada por el Código Urbanístico implica que este barrio pierda su identidad barrial, su paisaje urbano y su calidad de vida y ambiental. Estos bienes colectivos están protegidos por el Plan Urbano Ambiental. Y de acuerdo a lo detallado en la demanda, estos bienes colectivos están siendo afectados directamente”, insiste la presentación, que pide ante ello que el juez rechace la postura de la Fiscalía y acepte el amparo.