Extendieron los plazos para cambiar los taxis en la Ciudad
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires modificó de forma transitoria el Código de Tránsito y Transporte porteño con respecto a la renovación del parque automotor de los taxis.
Lo que rige es que a los 10 años de antigüedad y uso, los rodados deben ser cambiados por otros más nuevos o cero kilómetro. Ese requisito ha sido extendido en los últimos dos años atendiendo a la crisis derivada de la pandemia y las medidas restrictivas de circulación, que afectó a ese sistema privado de transporte, explican fuentes oficiales.
De manera transitoria se establece el siguiente cronograma de antigüedades máximas en automóviles de alquiler con taxímetro:
Año 2022: Antigüedad máxima trece (13) años.
Año 2023: Antigüedad máxima catorce (14) años.
Año 2024: Antigüedad máxima trece (13) años.
Año 2025: Antigüedad máxima doce (12) años.
Año 2026: Antigüedad máxima diez (10) años.
El Código de Tránsito y Transporte en su Título Duodécimo regula específicamente este transporte con reglas y requisitos a cumplir, siendo uno de ellos la antigüedad máxima permitida a sus vehículos. Los vehículos no pueden superar los 10 años de antigüedad, con la excepción de una prórroga por ciento ochenta (180) días en el caso de que no alcancen a renovarse en ese plazo.
Teniendo en consideración la situación particular que seguimos atravesando en este 2021 por las circunstancias de público conocimiento, resulta necesario que tomemos una medida que genere previsibilidad de acá a los siguientes años para los titulares de las licencias de taxi que han realizado un gran esfuerzo durante este último tiempo.
La necesidad de renovar los vehículos es un requisito importante para poder cumplir con los parámetros de calidad y de servicio, pero en este contexto económico de crisis se hace muy difícil su cumplimiento. No obstante, este no es el único requerimiento para mantener la calidad de la prestación, ya que anualmente los vehículos deben aprobar la Verificación Técnica Vehicular obligatoria para poder cumplir su función, siendo esta exigencia fundamental para poder circular de forma segura con los estándares que este tipo de transporte de pasajeros requiere.
“Estamos obligados a llevar adelante políticas que contemplen los esfuerzos de los licenciatarios que durante todo este tiempo han prestado servicio y aprobado las verificaciones técnicas vehiculares obligatorias. Que la medida en cuestión prevé que se contemple, como antes se hiciera con la sanción de la Ley Nº 3.622, la prórroga del vencimiento de la antigüedad de los vehículos de manera escalonada de acuerdo al año-modelo de las unidades”, señalan los fundamentos del despacho de ley.