Condenaron a 27 años de prisión al músico Miguel del Pópolo por abuso sexual y ordenaron su inmediata detención
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº25 condenó a 27 años de prisión al músico Miguel del Pópolo al encontrarlo culpable del delito de abuso sexual contra tres mujeres, uno de los hechos ocurrió en Villa Crespo (Comuna 15), informó el Ministerio Público Fiscal de la Nación. Se ordenó su inmediata detención, de acuerdo a lo que había pedido en su alegato el fiscal general Guillermo Pérez de la Fuente. Los fundamentos se conocerán el próximo 27 de noviembre.
Los jueces Hugo Daniel Navarro, Ana Dieta de Herrero y Marcelo Bartumeu Romero consideraron a Del Pópolo responsable del abuso sexual cometido con acceso carnal en relación a las tres denunciantes. Uno de los casos fue calificado como reiterado, debido a la multiplicidad de situaciones.
se absolvió a Del Pópolo del delito de lesiones leves, ya que el fiscal había considerado que esa secuencia estaba prescripta. En el caso, colaboró la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (DOVIC), a cargo de Malena Derdoy.
“A Del Pópolo le daba placer tener una relación sexual causando dolor y sufrimiento”, afirmó el fiscal durante su exposición ante el tribunal. Analizó primero el caso que involucró a Mailén, la joven que lo denunció en 2016 y que hizo pública la situación a través de un video. Consideró que quedó acreditado a través de los testimonios, los informes y por sobre todo el relato de la víctima que el músico abusó sexualmente de ella en abril de aquel año “mediante el empleo de violencia y contra su voluntad”, en el departamento que ocupaba con su familia en Villa Crespo (Comuna 15), repasó el MPF.
Luego se trató “el caso de Rocío, quien denunció a Del Pópolo por haber abusado sexualmente de ella cuando quiso terminar en 2013 la relación que había entre ambos. Además de describir cómo había sido el ataque, la joven contó que al menos diez veces se despertó mientras el acusado abusaba de ella”, repasa el Ministerio Público Fiscal.
“En relación al tercer caso, repasó que Del Pópolo había acordado encontrarse con la joven para acompañarla a ver una habitación que ella deseaba alquilar y que luego fueron a un bar cercano y después al domicilio del imputado. En ese momento, si bien la denunciante aceptó mantener relaciones sexuales, cambio de idea debido que el hombre comenzó a violentarla y agredirla para concretar el abuso”, se agregó.
“En la audiencia, la querella que representa a dos de las denunciantes había pedido 31 años de prisión, mientras que la defensa, tras cuestionar los relatos realizados por las jóvenes y la difusión de los videos donde contaban lo sucedido, reclamó su absolución por el beneficio de la duda”, indicó el MPF.
En línea con lo postulado por el titular de la Fiscalía General Nº18 ante los Tribunales Orales Criminales y Correccionales, el tribunal ordenó que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y extraiga el perfil genético del hombre con el objetivo de que sea remitido al Banco de Datos Genéticos, de acuerdo a la Ley N°26.879, que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
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