Tras un nuevo incendio, piden informes por el riesgo eléctrico en el Barrio 21-24 de Barracas
La legisladora porteña María Bielli (Unión por la Patria) presentó un pedido de informes sobre la emergencia y el riesgo eléctrico en la Villa 21-24 del barrio de Barracas (Comuna 4).
Entre otros puntos, busca datos oficiales sobre los siniestros ocurridos desde 2018, si existen relevamientos de instalaciones eléctricas existentes, cumplimientos de fallos judiciales y si hay campañas de difusión dirigidas a la población.
La defensa de este pedido de informes alerta por “la situación de emergencia que atraviesan los vecinos y vecinas de la Villa 21-24 del barrio de Barracas con relación al riesgo eléctrico al que están sometidos, notando que pese a las contiendas judiciales y reclamos de todo tipo hacia el gobierno local (que en todas sus instancias fue avalado por la justicia)”.
Además, citan un hecho reciente: “El último domingo 26 de mayo se produjo el incendio del hogar de niños de Caacupe que terminó sólo representando pérdidas materiales gracias a la intervención de vecinos y vecinas para apagarlo. Lo cierto es que durante años el gobierno recurrió las sentencias y evitó la ejecución y culminación de las obras que garantizarán un suministro eléctrico estable y seguro en el barrio, desatendiendo las demandas y necesidades urgentes de los vecinos y vecinas”.
También se menciona que “la historia judicial se indica que en el año 2010, a causa de los constantes cortes de luz y luego del incendio de una casilla de madera ante el desprendimiento de un cable energizado”, vecinos de la Villa 21-24 conjuntamente con la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y la Defensoría de la CABA, interpusieron una acción de amparo colectivo con el objeto de que se ordene al GCBA a “elaborar e implementar un Plan integral de prestación y mantenimiento del servicio de Energía Eléctrica para los habitantes de la Villa 21–24”, a efectos de “superar el estado de riesgo eléctrico existente y el fallo estructural en la regularidad y suficiencia del servicio”.
Se agrega que, en primer término, se admitió una medida cautelar que ordenó al GCBA que “adopte de forma inmediata todas las medidas urgentes que sean necesarias para eliminar el riesgo eléctrico en sus aspectos más perentorios; es decir, aquellos que comprometen de manera directa la vida, la salud y/o la integridad personal de los habitantes de la villa 21-24”.
Luego, en 2013 se hizo lugar al amparo y en instancia de apelación (año 2016) la Sala I de la Cámara en lo Contencioso, Administrativo y Tributario confirmó la decisión de primera instancia y tuvo por probado “que el GCBA es el titular del servicio de electricidad que presta la empresa Edesur en toda la villa 21-24, que paga la facturas que por ese servicio emite la compañía y que el servicio es entregado por el GCBA en condiciones que genera serios riesgos para la salud, la vida y los bienes de las personas que viven en ese barrio”, debiendo llevar adelante el proyecto eléctrico adecuado en 105 días hábiles administrativos (primera instancia había otorgado 45 días para su cumplimiento).
“Ante la sentencia mencionada, el GCBA dedujo recurso de inconstitucionalidad, llegando el expediente a manos del Tribunal Superior de Justicia que, en diciembre de 2018 falló “intimando a solucionar las falencias y peligros del deficiente servicio de electricidad”. Pero el ejecutivo local incumplió la medida y apeló el fallo, que fue ratificado por la Cámara en lo Contencioso Administrativo (sólo ocho días antes del inicio del aislamiento social preventivo y obligatorio). Además de ratificar la sentencia, se impuso una multa de 10 mil pesos por día al Jefe de Gobierno porteño por cada día que se incumpla la solución para los vecinos”, alerta el pedido de informes.
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