Jorge Macri pidió restablecer un Decreto de 2017 para “expulsar a los extranjeros sin ciudadanía que delinquen”
El jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Macri, este jueves pidió que se restablezca el Decreto N° 70/2017 (modificación de la Ley N° 25.871 de Migraciones) firmado por el entonces presidente Mauricio Macri para poder expulsar del país a aquellos delincuentes extranjeros que no tienen ciudadanía argentina.
El mandatario hizo esta solicitud desde sus redes sociales al explicar un hecho policial reciente: “Anoche ante una alerta al 911 personal de la Policía de la Ciudad detuvo a tres delincuentes que estaban robando en un local de electrodomésticos, en el barrio de Balvanera, y que intentaron darse a la fuga”.
“Los tres son extranjeros y ninguno posee ciudadanía argentina. Se debe restituir la normativa que en 2017 modificó la Ley de Migraciones para agilizar la expulsión de aquellos extranjeros, sin ciudadanía, que eligen nuestro país para delinquir y que fue derogada en 2021 por el kirchnerismo”, explicó sobre lo que ocurrió con el Decreto mencioando.
“Nuestra Ciudad no debe ser más el lugar al que se viene a cometer delitos”, concluyó el jefe de Gobierno porteño.
Los considerandos del Decreto de 2017 exponían: “Ante recientes hechos de criminalidad organizada de público y notorio conocimiento, el Estado Nacional ha enfrentado severas dificultades para concretar órdenes de expulsión dictadas contra personas de nacionalidad extranjera, como consecuencia de un complejo procedimiento recursivo que, en algunos casos, puede llegar a siete años de tramitación. En los últimos años se verifica una proporción sumamente baja en la relación existente entre la cantidad de expulsiones dispuestas por la autoridad migratoria competente, fundadas en la existencia de antecedentes penales, y las efectivamente concretadas. A su vez, la población de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal se ha incrementado en los últimos años hasta alcanzar en 2016 el 21,35% de la población carcelaria total”.
HAY QUE EXPULSAR A LOS EXTRANJEROS SIN CIUDADANÍA QUE DELINQUEN
Anoche ante una alerta al 911 personal de la Policía de la Ciudad detuvo a tres delincuentes que estaban robando en un local de electrodomésticos, en el barrio de Balvanera, y que intentaron darse a la fuga. Los…
— Jorge Macri (@jorgemacri) January 11, 2024
“Por otro lado, en relación a los delitos vinculados a la narcocriminalidad, se observa que el 33% de las personas bajo custodia del Servicio Penitenciario Federal son extranjeros. Ello denota que la población extranjera detenida en dependencias del Servicio Penitenciario Federal por infracción a la Ley N° 23.737 está altamente representada entre los detenidos, teniendo en cuenta que, conforme el último censo nacional, la participación de la población extranjera como porcentaje de la población total es del 4,5%. Como consecuencia de los controles implementados por la actual gestión de la Dirección Nacional De Migraciones se ha detectado en el último año una nueva modalidad de fraude a la ley migratoria, consistente en un uso abusivo y contrario a los fines de la ley del instituto de la residencia precaria”, se agregaba.
“Lo hasta aquí expuesto configura una situación crítica que amerita la adopción de medidas urgentes. El análisis efectuado de diversos regímenes vigentes en el Derecho Comparado permite concluir que los procedimientos de expulsión de personas de nacionalidad extranjera se sustancian por regla general de manera expedita, pues la cuestión a resolver en ellos queda circunscripta a determinar si a un extranjero le asiste o no el derecho de permanecer en el territorio del Estado respectivo”, se fundamentaba.
“La razonabilidad del plazo de duración de un proceso reviste gran importancia para el efectivo respeto del derecho al debido proceso legal garantizado en la Constitución Nacional y en los Tratados Internacionales suscritos por nuestro país. La situación reseñada precedentemente justifica la regulación inmediata de un procedimiento migratorio especial de carácter sumarísimo, aplicable a aquellos casos en los que personas de nacionalidad extranjera se encontraran involucradas en hechos delictivos y a quienes hubieren ingresado en forma clandestina al territorio nacional, eludiendo el control migratorio. Este procedimiento sumarísimo es respetuoso del artículo 22 inciso tercero de la Convención Americana de Derechos Humanos en cuanto se orienta a la protección de la seguridad y el orden público”, plantea el Decreto.
En tanto, una comunicación oficial del Ministerio de Justicia de la Nación de 2021 fundamenta la derogación del Decreto 70-2017: “se vuelve a colocar a la Argentina en la senda de la inclusión y el respeto de los derechos humanos de las personas migrantes, valorando su aporte a la cultura y a la identidad de nuestro país. El Decreto 70/2017, firmado por el entonces Presidente Mauricio Macri, modificaba aspectos de la Ley N° 25.871, que vulneraban el debido proceso, el derecho de defensa y el derecho a la unidad familiar. Por ello, había sido fuertemente objetada por órganos internacionales y regionales de protección de derechos humanos, y por distintas organizaciones sociales. En tal sentido, desde la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos Internacionales de la Secretaría se acompañó a la Dirección Nacional de Migraciones para alcanzar esta revocación. Por otro lado, durante la vigencia de este DNU, desde la Dirección Nacional de Equidad Étnico Racial, Migrantes y Refugiados de la Secretaría de Derechos Humanos se realizó un trabajo de acompañamiento y asistencia a las familias migrantes que habían sufrido numerosos hechos de violencia institucional y múltiples vulneraciones a sus derechos, vinculadas a la regularización migratoria y al acceso a la salud. Con la vigencia plena de la ley de 2003, nuestro país cumple con sus compromisos internacionales, abandona la perspectiva criminalizadora y recupera la política migratoria que concibe el derecho a migrar como un derecho humano”.
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