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Perpetua para la mujer que mató a su pareja en el sur porteño

Esa fue condena que recibió Rosa Pintó quien prendió fuego y mató a su pareja Gustavo Gaitan en un hecho ocurrido en diciembre de 2019 en presencia de sus dos hijos, en el barrio porteño de Barracas. La justicia resolvió aplicar la pena máxima por el delito de “homicidio agravado por el vínculo y por haber empleado un medio idóneo para crear un peligro común”, en perjuicio de Gustavo Gaitán. El episodio quedó registrado por una cámara de seguridad ubicada en una casa de la calle Osvaldo Cruz al 2370 del barrio de la comuna 4.

La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional confirmó la pena de prisión perpetua para una mujer que sufrió violencia de género por parte de su esposo, a quien prendió fuego y mató cuando estaba en su camioneta.

La condena llego luego que los magistrados Gustavo Bruzzone, Mauro Divito y Jorge Luis Rimondi rechazaron que la acusada sea declarada inimputable, que el crimen fue cometido bajo circunstancias extraordinarias de atenuación y el planteo de inconstitucionalidad de la prisión perpetua, entre otros cuestionamientos.

La sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) 28 fue confirmada por la Sala I de la Cámara bajo una serie de argumentaciones que desechó la postura de la defensa oficial que asumió luego de la condena.

Barracas: Una mujer prendió fuego a su ex marido en su camioneta

En su voto, el juez Divito dijo que “como bien apuntó el tribunal, las acciones desplegadas de forma inmediatamente posterior a la comisión del episodio, corroboran que Pinto comprendió lo que había hecho, en tanto escapó de la escena del crimen, procuró que sus hijos quedaran al cuidado de otras personas y ­como surge de las intervenciones de su teléfono tenía suficiente conocimiento de la relevancia delictiva de su conducta y sus posibles consecuencias”.

El magistrado indicó que “más allá de que la acusada hubiera consumido drogas e ingerido alcohol, ello en modo alguno la había dejado en un estado bajo el que no podía comprender la criminalidad de su conducta y dirigir sus acciones”.

A su vez, el magistrado Mauro Divito explicó que “si bien la situación de singular vulnerabilidad bajo la que ha vivido la acusada y la violencia de género que padeció por parte del damnificado ­que incluso fue reconocida en la sentencia condenatoria pronunciada contra éste- resultan susceptibles de configurar las circunstancias extraordinarias de atenuación”.

Es que Pinto había denunciado a su esposo por violencia de género y hubo una causa en la que ella declaró que él “la despojó de sus bienes y controlaba su economía, era quien (a partir de los dicho por varios testigos en el proceso) le proveía de estupefacientes conociendo la grave adicción que ella padecía”.

A raíz de esa denuncia, Gaitán fue condenado a un año y cuatro meses de prisión en suspenso, como autor del delito de “lesiones leves agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género”. La defensa pidió una disminución de la pena, lo cual fue rechazado por la Cámara que sostuvo que “no podría ser admitida en el caso, por la subsistencia de la agravante derivada del empleo de un medio idóneo para crear un peligro común”.

La Sala I convalidó la pena máxima y aclaró que en su momento podrá acceder a una libertad condicional.