Exclusivo | Cómo será la “refuncionlización” del Museo Saavedra y la concesión del bar, según fuentes oficiales
Fuentes del Ministerio de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires informaron a Saavedra Online cómo será la refuncionalización en el Museo Histórico Cornelio de Saavedra y el acondicionamiento del inmueble donde hoy se aloja su biblioteca, el cual será concesionado para la instalación de un café por al menos cinco años mediante un canon mensual inicial de $42.000.
En paralelo, está en proceso la construcción de un pequeño inmueble de forma rectangular al lado del casco de estancia donde se emplaza el museo propiamente dicho, hacia el lado de la colectora de la avenida General Paz.
Según la información recabada por Saavedra Online, allí se alojarán “los baños públicos y el taller de mantenimiento”.
Estos trabajos se realizaron sin cartel de obra que indique su destino, lo que motivó un pedido de informes por parte del Consejo Consultivo Comunal, que el presidente de la Comuna 12 derivó a la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico de la CABA, tal como se explicó en este medio.
Por otra parte, en un informe que enviaron voceros del Ministerio de Cultura porteño a Saavedra Online se explica el proceso de “refuncionalización integral”:
“Actualmente, y gracias al aporte de Mecenazgo y del Ministerio de Cultura, se están realizando obras de puesta en valor en todas las sedes del complejo que incluye desde mejoras en la infraestructura hasta una nueva museografía cercana e interactiva. Dicha museografía contará con recursos tecnológicos, obras del patrimonio restaurado, y un nuevo guión apuntado particularmente a los más chicos y sus familias, que son el público más frecuente en el Museo.
La intervención edilicia propuesta para el edificio de la sede de las Bibliotecas del Museo Histórico Cornelio Saavedra comprende la unificación y centralización de las dos bibliotecas existentes ubicadas en Crisólogo Larralde 6289, explican.
De este modo, contemplan “la tarea de refuncionalización del ala derecha de la actual administración y dirección del Museo que dará lugar a la Biblioteca Brigadier General Cornelio Saavedra, ubicada actualmente en el ala izquierda del mismo edificio. Las tareas para el traslado comprenden: la unificación de dos espacios; de la actual oficina de dirección y área administrativa, próximas a mudarse a la planta alta de la sede lindera de Crisólogo Larralde 6309”.
“Este nuevo espacio de biblioteca contemplará la totalidad de las estanterías y del acervo cultural acopiados en el sector actual de la misma, sin reducir su capacidad o material de consulta, sumándose a la actual biblioteca del Museo Cornelio Saavedra, que mantendrá su misma ubicación y área de depósito. El área a refuncionalizar contempla la ubicación de cinco puestos de bibliotecarios para la facilitación de consulta de ambas colecciones”, indican.
En relación al cumplimiento con la normativa correspondiente para la intervención en edificios con protección especial edilicia, desde Cultura de CABA aclaran que “las tareas a realizar se consideran dentro de los Grados de Intervención 1 y 2, permitidos por el Código Urbanístico para un inmueble con protección Integral”: “La pertinente consulta fue realizada ante la Dirección General de Interpretación Urbanística, la cual se expidió mediante el correspondiente Dictamen informando que las obras “cumplimentan las normas correspondientes a los Grados de Intervención admitidos en edificios catalogados con Nivel de Protección Integral, por lo que sería factible acceder a las mismas””.
La idea de estas obras es poder reestructurar el espacio existente, para incorporar “una nueva actividad, fomentando la integración de usos del suelo que propone el concepto de “Ciudad Diversa” del Plan Urbano Ambiental de la Ciudad”: “En cuanto a mantener su pluralidad de actividades (residenciales, productivas, culturales) y su pluralidad de formas residenciales (distintas densidades, distintas morfologías), compatibilizando los requerimientos de calidad ambiental de cada una de ellas y enriqueciéndolas con su mutua convivencia.”
“El proyecto de la concesión del bar del Museo Saavedra forma parte de una propuesta integral de puesta en valor del complejo museístico. A partir de esta intervención, podrá sumarse un servicio gastronómico que atraiga nuevos visitantes con el fin de fomentar la interacción de los vecinos con el Museo, y completar su experiencia. Este proyecto integral, se impulsó por la celebración del centenario del Museo Saavedra y tiene como propósito renovar la puesta museográfica y brindar a los visitantes una experiencia participativa”, concluyen en el Ministerio de Cultura porteño en diálogo con Saavedra Online.
Pedido de informes en la Legislatura porteña
Vale recordar que esta semana ingresó en la Legislatura porteña un pedido de informes por este asunto, que lleva las firmas de los legisladores del Frente de Todos Claudia Neira y Claudio Ferreño, presidente del bloque y vecino de la Comuna 12.
“Informe si en el procedimiento administrativo se encuentra debidamente fundamentada la exclusiva utilidad pública que debe motivar la localización de usos en la zonificación Urbanización Parque – UP, del Código Urbanístico. Fundamente la respuesta y remita información respaldatoria. Informe y detalle cuál es el marco normativo que justifica la implantación de usos comerciales-gastronómicos en el Parque General Paz. Fundamente la compatibilidad e impacto del uso comercial – gastronómico propuesto en la actividad actual del edificio Biblioteca Brigadier Gral. Cornelio Saavedra”, introduce la solicitud.
“Informe y detalle sobre la situación catastral actual del bien inmueble y de lo que es denominado en el pliego licitatorio “jardín externo”. Remita información respaldatoria. Especifique si la superficie prevista como expansión comercial se halla implantada sobre la superficie del parque público y si la misma forma parte de la concesión de uso y explotación de carácter oneroso. Fundamente la respuesta. Informe si se ha dado intervención, en el marco de sus competencias, a la Dirección General del Libro Bibliotecas y Promoción de la Lectura, dependiente del Ministerio de Cultura. En caso afirmativo, remita las recomendaciones y fundamentos técnicos de la asignación de superficies al uso comercial gastronómico. Remita información respaldatoria”, solicitan.
“Informe si se ha dado intervención, en el marco de sus competencias, al Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. En caso afirmativo remita las recomendaciones técnicas respecto a la inserción paisajística de la intervención en el Parque General Paz. Remita información respaldatoria. Informe si se ha dado intervención, en el marco de sus competencias, a la Secretaría de Transporte y Obras Públicas. En caso afirmativo remita las recomendaciones técnicas respecto a la necesidad de cocheras, estacionamientos, ciclovías y carga-descarga. Remita información respaldatoria. Informe si se ha dado intervención, en el marco de sus competencias, a la Dirección General de Planeamiento Urbano. En caso afirmativo remita el análisis urbanístico de la intervención en el marco de las dinámicas urbanas del entorno. Remita información respaldatoria”, precisan.
“Informe las razones por las cuales el IF-2021-18322694-GCABA-CAPUAM, del Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental hace referencia a la localización de usos en el inmueble sito en la Av. Crisólogo Larralde N°6309, si el bien inmueble afectado a intervención se localiza en Av. Crisólogo Larralde 6293. Clarifique y rectifique la información si fuera necesario. Remita la documentación técnica que ha permitido evaluar y prestar conformidad a la Gerencia Operativa de APH perteneciente a la Dirección General de Interpretación Urbanística, respecto a la prefactibilidad de obras de modificación en un edificio de Protección Integral. Informe por qué las intervenciones administrativas de las diferentes reparticiones competentes se ha realizado mediante notas e informes y no a través de disposiciones vinculantes y/o dictámenes”, consultan.
“Informe si el procedimiento administrativo implementado ha contado con el seguimiento, evaluación y conformidad de la Secretaría Legal y Técnica. En caso afirmativo remita intervención oficial y/o informe técnico de sus áreas competentes. Informe si los procedimientos y sus actos administrativos se ajustan a Manuales de Procedimiento Interno de cada una de las áreas intervinientes. En caso afirmativo remita Manuales de Procedimiento de las áreas intervinientes. Informe cuál ha sido las trazabilidad e intervenciones que forman parte del expediente administrativo, especificando días, horarios, responsables. Remita información respaldatoria”.
“Informe si la presente intervención ha sido puesta a consideración de la Junta Comunal y el Consejo Consultivo de la Comuna 12. Informe cuales han sido las razones por las cuales se ha desistido de llevar adelante esta misma intervención en los años 2013 y 2014. Fundamente la respuesta. Informe si, en base al gráfico de Implantación del Anexo 1 – IF-2021-33731859-GCABA-DGCOYP, se tiene planificado eliminar el cierre perimetral de los edificios Museo y Teatro, para integrarlos, junto a la Biblioteca, al Parque General Paz”, concluye la extensa solicitud.
Luego, el pedido de informes incluye una fundamentación, donde Neira y Ferreño exponen: “Motiva el presente pedido de informes la necesidad de contar con información aclaratoria respecto a los aspectos técnicos, jurídicos-legales y administrativos referidos a la licitación pública para la concesión de un uso comercial-gastronómico en la Biblioteca Brigadier Gral. Cornelio Saavedra, emplazada dentro del Parque General Paz, adyacente al Museo Saavedra y sita en Crisólogo Larralde 6293”.
“Esta intervención, ha tomado notoriedad pública y despertado una enorme preocupación entre los vecinos y vecinas de la zona al no contar con información ni haber sido convocados/as para poder expresar su opinión respecto de esta medida. El eje principal de los cuestionamientos que origina esta intervención es la ausencia de fundamentos que justifiquen la exclusiva utilidad pública que debe motivar la autorización de toda intervención sobre la zonificación UP, de acuerdo al Código Urbanístico –Ley 6099-2018: 7.2.4. Urbanización Parque (UP). Las Urbanizaciones Parque son áreas destinadas a espacios verdes y parquización de uso público. Se delimitan según Planchetas de Edificabilidad y Usos. En estas Áreas el Gobierno de la Ciudad podrá autorizar obras de exclusiva utilidad pública que complementen y no alteren el carácter de las Urbanizaciones Parque”.
“No obstante ello, su autorización representaría un antecedente para todos los espacios verdes públicos de la Ciudad, frente a una decisión que favorece el consumos frente a la cuestión ambiental. Los antecedentes de esta iniciativa, indican dos intentos fallidos durante los años 2013 y 2014, sin embargo, 8 años después, la misma solución sigue vigente y se mantiene alejada de toda instancia participativa con los vecinos y vecinas del barrio”, añaden.
“Al mismo tiempo, los múltiples esfuerzos oficiales para enmarcar esta intervención en el marco de la legalidad, no encuentran el sustento necesario en los procedimientos administrativos dados a conocer. Al respecto, es posible observar: Actos administrativos en forma de nota e informes no vinculantes. Una Dirección General de Interpretación urbanística que descarga la responsabilidad para habilitar los usos comerciales, en el Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental. Un Consejo Asesor del Plan Urbano Ambiental que, sin hacer usos de sus atributos conferidos por reglamento interno, no fundamenta las observaciones y confusamente refiere a la localización de usos en el inmueble sito en la Av. Crisólogo Larralde N°6309, cuando el bien inmueble afectado se localiza en Av. Crisólogo Larralde 6293. La ausencia de datos catastrales y aspectos contradictorios en relación a la superficie a concesionar (concesión interna al bien inmueble vs jardín externo). Ausencia de intervenciones de otras áreas competentes en la materia, que posibiliten fundamentar una mirada integral de la intervención, etc”, suman.
“La importancia urbana ambiental de los espacios verdes es reflejada en el Art. 27 de la Constitución de la Ciudad, que ordena que se instrumente un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente que promueva la protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras, y garantiza su uso común. Por su lado, la Ley N° 2030 – Plan Urbano Ambiental (PUA) destaca en su Artículo 9°, en lo referido a espacios públicos, como objetivo el incremento, recuperación y mejoramiento del espacio público y de la circulación, de los parques, plazas y paseos y de las áreas de calidad patrimonial, a fin de dar lugar a funciones vitales como las de encuentro relax, confort y socialización, asegurando a todos los habitantes el derecho a su uso, y de otorgar identidad a las distintas zonas de la ciudad. Por último, el Código Urbanístico caracteriza dicha zonificación como Zonas destinadas a espacios verdes de uso público y acceso libre”, concluye el pedido de informes ingresado este lunes.