Reclaman al Poder Ejecutivo que cumpla con la construcción de baños públicos en espacios verdes de la Ciudad
Por iniciativa de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó este jueves durante la Sesión ordinaria una declaración para que el Poder Ejecutivo porteño haga efectiva la reglamentación de la ley sancionada en 2018 que establece la construcción de baños públicos en grandes plazas y parques porteños.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó este jueves durante la Sesión ordinaria una declaración para que el Poder Ejecutivo porteño haga efectiva la reglamentación de la ley sancionada en 2018, que establece la construcción de baños públicos en grandes plazas y parques porteños.
“Hace casi tres años aprobamos una ley de mi autoría para instalar baños públicos en grandes plazas y parques que hoy, con la experiencia de la pandemia, toma más relevancia porque los espacios verdes públicos se convirtieron en una necesidad para los porteños y las porteñas que buscan lugares de encuentro seguros al aire libre”, indicó la legisladora porteña del Frente de Todos, María Rosa Muiños, quien es la autora del proyecto.
Sin embargo, la Ley N° 6107 sigue sin reglamentarse, a pesar de que la Legislatura aprobó en diciembre de 2020 un pedido de informes también presentado por la legisladora del Frente de Todos. En febrero de este año, desde la Subsecretaría de Gestión Comunal respondieron que la normativa se encontraba en proceso de reglamentación hasta que en diciembre de 2019 se disolvió el Ministerio de Ambiente y Espacio Público y pasó a ser el Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana. También argumentaron que debido al contexto de pandemia se obstaculizó el avance del proceso y no se puede determinar un plazo exacto para su finalización, dado la imprevisibilidad de las circunstancias existentes en materia sanitaria y económica.
“Es inadmisible plantear que el cambio de unidades organizacionales dentro del Gobierno de la Ciudad implique la falta de reglamentación de la instalación de baños en los parques públicos porque, en definitiva, en esos cambios no se pierde la planta de trabajadores, sino que siguen prestando funciones. No se puede objetar dilación por el cambio de estructuras”, sostuvo la vicepresidenta Segunda de la Legislatura.
Asimismo, Muiños consideró que “se debe otorgar a la pandemia una mirada proactiva y no un argumento que detenga la mejora de la calidad de vida de los porteños y las porteñas. Por la pandemia, la planificación y la gestión urbana se tuvieron que reconfigurar y poner más que nunca al servicio de la ciudadanía. Los espacios verdes deben ser prioridad en la agenda del Poder Ejecutivo local y esto incluye su optimización a través de la creación de dispositivos que mejoren la estadía en ellos”.
Según la Ley N° 6107, los baños públicos deben instalarse en parques con superficies de al menos tres hectáreas, contar con módulos con inodoro, puertas con sus respectivas trabas de seguridad que indiquen si está libre u ocupado, y gancho para ropa. En el área de lavabo se colocarán dos lavamanos, dosificador de jabón, porta-toallas de papel, basurero, espejo y cambiadores para niños. Asimismo, deben tener sistema braille en su señalética y garantizar las condiciones de accesibilidad para aquellas personas con discapacidad y/o movilidad reducida, y se establece un horario de apertura y cierre.
Por último, el articulado de la norma especifica que se deben instalar dos sanitarios diferentes: uno para adultos, el cual “no debe ser inferior a 30m2”, y otro, para uso exclusivo de menores de diez años, “con una superficie cubierta no menor a 10m2”. Se impide la desfiguración de la perspectiva del paisaje o perjuicios a la armonía paisajística o arquitectónica y se establece la preservación y protección de los edificios, conjuntos, entornos y paisajes.