Pese al anuncio de Nación, en CABA el uso de barbijo todavía es obligatorio
Ante la baja de los contagios de Covid-19, el Gobierno nacional anunció una serie de flexibilizaciones a los cuidados sanitarios que tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre.
Entre ellas, se contempla que el uso de barbijo no es necesario en el territorio nacional para circular al aire libre de forma individual.
No obstante, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, como otras provincias, ratificó que a nivel local continúa siendo obligatorio.
El ministro de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, Fernán Quirós, había dicho que la administración porteña va a esperar a que el 70% de la población esté inmunizada con el esquema completo de vacunación contra el Covid-19.
El Gobierno nacional hizo oficial el Decreto 678/2021 que reglamenta la “nueva normalidad”, con indicaciones que tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre. “Las personas deberán utilizar tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos. No será obligatorio su uso solo cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas”, expone la normativa.
“Se deberán ventilar los ambientes en forma adecuada y constante. Las personas deberán higienizarse asiduamente las manos. e. Todas las actividades deberán realizarse dando cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias nacional, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, añade el Decreto.
Sobre las actividades en discotecas, locales bailables o similares que se realicen en espacios cerrados. “Podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada, salvo en los casos en que expresamente esté previsto un aforo menor por normativa vigente. Además, deberán requerir a quienes concurran a estas actividades, esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14 días antes de la actividad”.
En cuanto a salones de fiestas para bailes, bailes o similares que se realicen en espacios cerrados: “Podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada, salvo en los casos en que expresamente esté previsto un aforo menor por normativa vigente. Además, deberán requerir a quienes concurran a estas actividades, esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14 días antes del evento, o test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas”.
Sobre los eventos masivos de más de 1.000 personas: “Los que se realicen en espacios cerrados podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada y deberán requerir a las personas que concurran, que cuenten con esquema completo de vacunación ocurrido al menos 14días antes del evento, o al menos una dosis de vacuna más test diagnóstico negativo realizado con una antelación no mayor a 48 horas. Los que se realicen en espacios al aire libre podrán utilizar, como máximo, el 50% de la capacidad autorizada y deberán requerir a las personas concurrentes mayores de 18 años que cuenten con, al menos, una dosis de vacuna aplicada, como mínimo, con una antelación de 14 días antes del evento”.