Un nuevo fallo ordenó retrotraer las cuotas de los planes de auto al valor que tenían en junio de 2020.
Año a año los habitantes del país nos encontramos con una economía desafiante y una inflación creciente. Al margen de los planes y estrategias que dispone el gobierno, el índice inflacionario es una bola de nieve que crece desmedidamente y deja destrozos a su paso.
Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) de la República Argentina el 2021 inició con un alto nivel que alcanzó en enero un 4%. La tendencia a la suba se desaceleró 0,4 puntos porcentuales en febrero, pero en marzo superó el nivel más alto de 2020 por 0,8 p.p. De esta manera alcanzó un pico de 4,8%. Haciendo una análisis mensual los valores de enero fueron de 4%, en febrero de 3,6%, en marzo 4,8%, en abril 4,1%, en mayo 3,3%, y en junio 3,2%.
En base a estas cifras que fluctúan constantemente las personas deben tomar decisiones económicas y de inversión, que les permitan crecer y avanzar en torno a sus viviendas o bienes. Resulta difícil acceder a planes de financiamiento que sean coherentes con los aumentos y que favorezcan al comprador. Sin embargo, es una de las pocas maneras de obtener una casa o un auto.
En la actualidad la modalidad más utilizada es comprar un auto 0km en cuotas, que le permitan al nuevo propietario hacer una entrega inicial y abonar el resto del dinero en diversos pagos. Si bien son muchos los requisitos a contemplar y los riesgos de aventurarse en una financiación, la mayoría de las adjudicaciones son exitosas y los planes accesibles.
Sin embargo, no es la primera vez que se escuchan noticias en el país de estafas o “avivadas” de las concesionarias. Es que algunos de estos planes suelen tener trampas en sus cláusulas y muchas veces lo que se dice no es lo que se cumple. Cuando se trata de montos que varían según el índice inflacionario hay muchos aspectos a tener en cuenta.
En el caso de Yesica, una ciudadana de La Plata, la justicia tuvo que intervenir para dar una solución al conflicto monetario que surgió tras la obtención de un plan 0km en una concesionaria de la automotriz Fiat. El aumento exorbitante de la cuota afectaba la capacidad de pago de la solicitante y excedía lo pautado de manera contractual.
La causa “Rentería Yesica Daniela c/ FCA Automobiles S.A. y otro/a s/ materia a categorizar (digital)” fue llevada adelante en la Cámara Segunda -sala tercera- de la Cámara Civil y Comercial de La Plata, que dio lugar al pedido de la damnificada de una medida cautelar. En esta se ordenó retrotraer la cuota a cargo, al 30 de junio de 2020, en tanto las mismas no superen el 30 % del valor de la canasta básica total que publica el INDEC. Este fallo es transitorio, hasta dictar una sentencia definitiva.
Es fundamental que los solicitantes a este tipo de planes realicen una búsqueda exhaustiva, desechando opciones que no sean de su conveniencia, firmando con concesionarias o empresas que cumplan los contratos de manera justa. Ante el incumplimiento por parte de la empresa es importante la realización de los reclamos correspondientes, dejándolo asentado en Defensa al Consumidor.