Un fallo dispuso que, aún vacunado, el personal de la salud de riesgo no realice tareas presenciales
Un fallo judicial dispuso que el personal de la salud con factores de riesgo (edad o enfermedades de base) no debe prestar tareas de forma presencial pese a haber recibido las dos dosis de la vacuna contra el Covid-19.
Así lo estableció el titular del Juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 23, Francisco Ferrer, quien hizo lugar al amparo presentado por la Dra. Mariana Chiacchio y promovido por la Asociación Interdisciplinaria del Hospital Moyano (AGIHM).
Mariano Veiga, secretaria general adjunta de AGIHM, explica: “Este fallo es un golpe a (el ministro de Salud porteño Fernán) Quirós y (el jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez) Larreta, que en estos meses obligaron a retornar a tareas presenciales a personas que son de sumo riesgo”.
Sumó: “En lugar de contratar más personal y reconocer al equipo de salud con un aumento de salario por encima de la inflación, intimaron a que las personas que son grupo de riesgo retornen a tareas de suma exposición al virus. Esta medida cautelar entiende que estar vacunado con las dos dosis no garantiza no sufrir graves complicaciones con el Covid si uno tiene enfermedades previas”.
Por su parte, Carlos Paz, secretario general de la AGIHM, manifestó: “La medida cautelar servirá para que cientos en nuestra situación la repliquen. Es necesario e importante este reconocimiento porque el personal de salud ha estado en la primera línea del Covid. Al querer exponer al contagio, solo reconocen su política de desprecio por la salud pública y sus trabajadores, a la que accede la mayoría de la población”.