Ciudad aprueba el protocolo para que haya público en espectáculos deportivos al aire libre
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el protocolo para la práctica de “deportes grupales e individuales y actividades recreativas al aire libre con contacto y/o con elementos compartidos contemplando competencias con público espectador en espacios públicos y en establecimientos deportivos públicos y privados”. Así lo establece la Resolución N° 34/SECDCI/21 publicada este viernes en el Boletín Oficial porteño. Hay 58 deportes habilitados, entre ellos el fútbol, el tenis, el básquet, el rugby.
En líneas generales, se establece que debe haber una persona cada cuatro metros cuadrados. Según el tamaño del establecimiento, puede haber hasta 1.000 o 2.500 personas. El público debe tener puesto el tapabocas en todo momento y tiene que adquirir los tickets de forma online.
En el caso de partidos de fútbol, se aclara que debe haber “previa intervención y análisis de la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana y del Comité de Seguridad en el Fútbol de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Ley N° 5.847, ambos dependientes del Ministerio de Justicia y Seguridad de la CABA.
Los considerandos de esta Resolución indican: “Se entiende necesario aprobar un nuevo protocolo para la realización de deportes grupales e individuales y actividades recreativas con contacto y/o con elementos compartidos contemplando competencias con público espectador en espacios públicos y en establecimientos deportivos públicos y privados, ajustando el aforo de público espectador hasta 1.000 personas al aire libre, siempre que pueda garantizarse un coeficiente de ocupación de 1 persona cada cuatro metros cuadrados (4 m2) calculada sobre superficie libre, contemplando que en aquellos casos en los
que el predio permita exceder las 1.000 personas al aire libre, el aforo permitido podrá ser extendido hasta alcanzar el 20% de la capacidad habilitada por la normativa vigente para dicho predio siendo el tope de la capacidad máxima de público espectador de 2.500 personas”.
El Anexo I de la Resolución enumera los deportes habilitados: 1 Equitación 2. Polo 3. Pato 4. Pelota Paleta Running Teams 6. Deportes Acuáticos a motor 7. Vela 8. Remo 9. Kayak – Piragüismo 10. Tenis 11. Natación 12. Atletismo 13. Golf 14. Tiro con arco 15. Escalda 16. BMX 17. Ciclismo 18. Patinaje Artístico 19. Patín Carrera 20. Skate 21. Triatlón 22. Biatlón 23. Pentatlon 24. Turf 25. Padel 26. Tiro Deportivo 27. Tenis de Mesa 28. Gimnasia 29. Levantamiento de pesas 30. Badmington 31. Surf 32. Rugby 33. Breaking 34. Esgrima 35. Boxeo 36. Netball 37. Judo 38. Lucha Olímpica 39. Cestobol 40. Taekwondo 41. Softbol 42. Handball 43. Basquet 44. Beisbol 45. Voley 46. Waterpolo 47. Hockey 48. Hockey s/hielo 49. Karate 50. Entrenamiento Funcional 51. Fútbol en todas sus variantes 52. Bochas 53. Artes Marciales Mixtas 54. Deportes de conjunto acuáticos 55. Colombofilia 56. Pesca 57. Dodgeball 58. Deporte motor.
El Anexo explica que “sólo se permitirá la presencia de una dotación mínima e indispensable de personal necesario para realizar las tareas que requiere el armado, desarrollo y desarmado del event”.
Además, “los tickets de acceso, sean pagos o gratuitos, deberán ser adquiridos con antelación a la competencia a través de medios digitales que deberán implementar los organizadores”. En el caso de actividades gratuitas, se debe hacer una reserva previa online.
Sobre la organización: “Siempre que sea posible, los puntos de entrada serán distintos a los puntos de salida con la finalidad de reducir y/o minimizar el aglomeramiento de personas. Al llegar al acceso, personal capacitado realizará la medición de temperatura corporal con un termómetro tipo infrarrojo digital sin contacto, prohibiendo el ingreso a quienes registren una temperatura de 37,5°C o superior. Se debe poner a disposición del público, alcohol en gel o sanitizante en accesos a los establecimientos. Demarcar los ingresos y la fila de acceso para poder cumplir con las pautas de distanciamiento de 2 metros entre personas”.
Sobre el público: “El índice de ocupación para determinar el máximo de público será de 1 persona cada 4 m2. La distancia entre asistentes deberá ser de 2 metros y entre modalidades de como mínimo de 2 metros. No se permitirá el desplazamiento de público durante la competencia. Deberá permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario o gastronomía. A tal fin, garantizar que la misma tenga corredores de sentido único. Será obligatorio el uso obligatorio de tapabocas, el cual solo podrá ser quitado en el caso de consumir alimentos o bebidas