Habilitan feria judicial por la continuidad de la Canasta Escolar Nutritiva durante el verano
La juez porteña Elena Liberatori decidió habilitar la feria judicial de enero para que prosiga el trámite de una medida cautelar para que la administración que encabeza Horacio Rodríguez Larreta continúe prestando durante el receso escolar el servicio alimentario a los alumnos que tuvieron ese beneficio durante el ciclo lectivo.
La habilitación de la feria judicial fue pedida por varias entidades que apelaron la negativa de la magistrada porteña Romina Tesone, quien hace una semana rechazó dictar la resolución provisoria, aunque dispuso “difundir” la promoción de la demanda para que, por tratarse de proceso un “colectivo”, los interesados puedan presentase para hacer valer sus derechos.
La cautelar, para que se continuara entregando la Canasta Escolar Nutritiva, había sido pedida en el marco de una acción de amparo colectiva por la Unión de Trabajadores de la Educación de la Capital Federal (UTE), la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad (AODC), la Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y particulares.
Los demandantes expusieron que, tras la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de la Covid-19, el Ministerio de Educación de la Nación suspendió el dictado de clases presenciales en los niveles inicial, primario, secundario (medida a la que adhirió el Gobierno porteño), pero el servicio de comedor escolar siguió brindándose con “viandas” a retirar de los establecimientos educativos.
“Pese a que continúa la crisis económica y sanitaria”, el gobierno de Juntos por el Cambio “ha decidido interrumpir la prestación alimentaria por haber finalizado el ciclo”, lo que “pone en peligro el derecho a la salud y a la alimentación” de los alumnos y estudiantes beneficiarios de la Canasta Escolar Nutritiva, remarcó la demanda.
Al rechazar el pedido, Tesone había afirmado que “no se advierte que la medida peticionada sea la más adecuada a los fines de asegurar y concretizar los intereses generales de la sociedad, ni la que resulte más certera a fin de tutelar los derechos de quienes efectivamente requieran la asistencia alimentaria”.
La decisión fue apelada y Liberatori, que actúa como “jueza de feria”, habilitó el trámite “en atención a la cuestión comprometida en la causa, las necesidades alimentarias vitales, el interés superior de les niñes y el artículo 39 de e la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires -en cuanto a la obligación que recae en cabeza de la Ciudad con respecto a la protección integral de los mismos”.
Siguiendo el criterio de Tesone, Liberatori ordenó al GCBA que emita una circular y la publique en medios oficiales para que los interesados sepan que podrán requerir el soporte alimentario a través de los programas vigentes.