Código Urbanístico: una Ley incorpora una Reserva Ecológica al Parque Sarmiento
La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó este jueves en sesión ordinaria una ley que introduce cambios al Código Urbanístico vigente (Ley N° 6.099 de 2018). Incluye la incorporación de una nueva Reserva Ecológica Sector Parque Presidente Sarmiento, uno de los espacios verdes más importantes del barrio de Saavedra. Asimismo reconoce al reservorio allí presente desde 2014, para evitar inundaciones en manzanas linderas.
Los fundamentos del proyecto señalan: “Que en relación a la sustentabilidad urbana de la Ciudad, a través de informe técnico número NO-202-27596886-GCABA-DGARCON la Dirección General de Áreas de Conservación dependiente de la Subsecretaría de Políticas de Infraestructura Verde Urbana y Desarrollo Sostenible de la Secretaría de Ambiente, solicitó mejorar las redacciones de los artículos referidos a las Áreas de Reserva Ecológica y la incorporación de un apartado para el Área de Reserva Ecológica y Reservorios del Parque Sarmiento con su correspondiente plano de atlas”.
El Código Urbanístico actual no incluye al Parque Sarmiento en las Áreas de Reserva Ecológica. De estos espacios sí se informa: “Corresponde a aquellas áreas que por su carácter ambiental, su configuración física y su dinámica evolutiva, dan lugar a la conformación de ambientes naturales donde las distintas especies de su flora y fauna puedan mantenerse a perpetuidad o incluso aumentar su densidad, ya sea mediante el mantenimiento de las condiciones naturales o con el aporte de un manejo científico. Se delimitan en las Planchetas de Edificabilidad y Usos. El Poder Ejecutivo a través del Organismo Competente
podrá autorizar o disponer la realización de trabajos de
infraestructura y equipamiento básico y/o de mantenimiento siempre que no alteren el carácter de la Reserva”.
De este modo, el artículo 87 de la ley aprobada incorpora al Título 7 “Lineamientos del Hábitat” del Código Urbanístico un artículo que incluye la Reserva Ecológica Sector Parque Presidente Sarmiento: “Queda delimitado de acuerdo a la Plancheta de Edificabilidad y Usos y el Plano Nº 7.2.6.6”. El Código actual llega hasta 7.2.6.5. Lago Lugano.
“El Organismo Competente en materia de ambiente debe reglamentar las condiciones de desarrollo de la Reserva Ecológica Sector Parque Presidente Sarmiento”, agrega el texto oficial.
El artículo 90 de la ley aprobada el jueves incorpora al Título 7 “Lineamientos del Hábitat” un texto sobre “Ralentización del agua de lluvia captada”.
Menciona: “La ralentización del agua lluvia se lleva a cabo por los particulares a través de sistemas de ralentización y por el Estado a través de reservorios públicos. Se entiende por ralentización a través de sistemas de ralentización al retardo entre la captación y el vuelco de las aguas de lluvia captadas a los conductos pluviales, conforme indica la normativa de edificación. El agua capturada puede ser utilizada para riego y limpieza en el propio inmueble según se indica en la normativa de Edificación”.
En este contexto, habla de Reservorios Públicos: “Corresponde a aquellas áreas que por su características permiten la ralentización del agua de lluvia captadas”. Es allí que incorpora los Reservorios Parque Sarmiento: “Quedan delimitados por el Plano N° 7.2.6.6”.
Al año de la inundación del 2 de abril de 2013, el Gobierno porteño inauguró un reservorio dentro del Parque Sarmiento, como parte del Plan Hidráulico de la Ciudad para la cuenca del Arroyo Medrano.
En aquel entonces, fuentes oficiales decían: “Los reservorios son espacios para guardar agua y su finalidad es mitigar los efectos de las lluvias abundantes que superen los niveles ordinarios de precipitación. Se escogió Parque Sarmiento para cavarlos porque el mismo está dentro del curso de la cuenca del Arroyo Medrano, que es donde se emplaza la obra. Además, porque cuenta con el espacio disponible para hacer un cuenco de 150.000 metros cúbicos. Los trabajos no afectaron a los vecinos y el parque no permaneció cerrado mientras se llevaron a cabo ya que los reservorios sólo involucran una parte menor de un parque de uso público de 70 hectáreas. El objetivo es que acumulen entre 150.000 y 200.000 metros cúbicos de agua. Por lo tanto, cuando se sature el caño pluvial, el agua irá al cuenco del reservorio”.
Sobre el espíritu general de la ley aprobada este jueves, fuentes oficiales exponen: “Los ajustes técnicos al nuevo Código Urbanístico, que fueron trabajados por legisladores, funcionarios, asesores y especialistas durante varias reuniones de comisión y en una nutrida Audiencia Pública, fueron finalmente aprobados y sancionados como ley, en segunda lectura, por los diputados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Añaden: “Además de las actualizaciones, correcciones, aclaraciones y ampliación de definiciones propuestas por expertos, sugeridas por la Jefatura de Gobierno o planteadas por los legisladores en la Comisión de Planeamiento Urbano (preside Victoria Roldán Méndez – Vamos Juntos), se incorporaron varias de las demandas e iniciativas planteadas por los ciudadanos en una concurrida Audiencia Pública de dos jornadas de extensión, con 8 expositores y 224 oradores inscriptos”.
El extenso y nuevo Código Urbanístico fue sancionado a fines de 2018 y su puesta en vigencia generó algunas dudas técnicas o de aplicación operativa en cuestiones puntuales, generando una necesidad legislativa de ampliación de conceptos y aclaración de interpretaciones. Esta ley correctiva sancionada hoy procura resolver interrogantes, para lo cual se hizo un amplio y minucioso punteo de todo su articulado y se tomaron en cuenta preguntas, iniciativas, quejas y todo lo que resultare útil para “su previsibilidad, transparencia y claridad de conceptos, al tratarse de una norma que establece un nuevo paradigma sobre la planificación de la Ciudad”, explicó la diputada Roldán Méndez, suma un resumen parlamentario.
El Parque Sarmiento y alrededores en las planchetas del Código Urbanístico: