Estacionamiento regulado: Ciudad no prevé abrir una playa de acarreo en Villa Pueyrredón
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires presentó esta semana un proyecto de Ley para modificar el sistema de estacionamiento regulado y el acarreo de autos.
Fuentes de la Secretaría de Transporte de la CABA consultadas por Saavedra Online señalaron que la norma, por el momento, no contempla utilizar como playa de acarreo el terreno público frente a la estación de trenes Villa Pueyrredón, de la Línea Mitre.
En 2016 se aprobó la Ley porteña N° 5.728. Contemplaba dividir a la Ciudad en cinco zonas, cada una con un concesionario distinto avocado a remover autos mal estacionados. En 2018 se aprobó una ley que contemplaba usar 10 terrenos públicos como playas de acarreo. Uno de ellos es el del lote de San Alberto, entre Condarco y Bolivia, en Villa Pueyrredón.
Todo esto quedará de lado en caso de que se apruebe este nuevo proyecto.
Cuando se hizo pública la intención del Gobierno porteño de usar el terreno de Villa Pueyrredón, la comunidad lo rechazó. Hizo protestas y hasta pintó murales en los alrededores del lote.
Además, los vecinos evocaron que el 16 de noviembre de 2005 se firmó el convenio para construir viviendas unifamiliares en ese predio. Fue rubricado por Fernando Suárez, Director Ejecutivo del Organismo Nacional de Administración de Bienes (ONABE, ente extinto), y Roberto Feletti, por entonces secretario de Infraestructura y Planeamiento del Gobierno de la Ciudad.
Estos eran los otros nueve terrenos, según la ley de 2016: Estación Parque Chacarita (Guzmán entre Corrientes y Jorge Newbery); Conesa (entre las calles Conesa, Concepción Arenal, Zapiola y Matienzo); Obelisco Sur (playa subterránea situada bajo la av. 9 de Julio, entre Perón y Mitre); Tacuarí (entre las calles Tacuarí, Cochabamba, Bernardo de Irigoyen, y av. San Juan); Quinquela Martín (Quinquela Martín, av. Herrera y av. Hornos); Couture (Eduardo Couture y Facundo Quiroga); Dávila (Dávila, Zuviría, Thorne y av. Eva Perón); Cazadores-Artilleros (Artilleros, Cazadores, Echeverria y Juramento); Barragán (Barragán, Bynon, Gallardo y av. Reservistas Argentinos); Rivadavia (Ramón Falcon, White, Donizetti y av. Rivadavia).
Ahora, fuentes de la Secretaría de Transporte de la Ciudad dicen que por el momento no se contempla utilizar el terreno de Villa Pueyrredón como depósito de autos mal estacionados, según lo que estipula el nuevo proyecto de ley, el cual baja de cinco a tres las zonas a concesionar, por lo cual se reduce el número de playas.
El primer artículo del proyecto informa: “El Poder Ejecutivo, o el organismo que éste determine, podrá llamar a licitación pública para la contratación de la prestación del servicio de grúas para el acarreo de vehículos en los términos del artículo 2.1.5 del Código de Tránsito y Transporte, por un plazo máximo de diez (10) años”.
Agrega: “La Ciudad Autónoma de Buenos Aires será dividida en tres (3) zonas, las que contaran como mínimo con una playa para remisión del vehículo acarreado y solo se podrá adjudicar una zona por proveedor. Los adjudicatarios deberán prestar el servicio de grúas para el acarreo de vehículos siguiendo las instrucciones que imparta la Autoridad de Aplicación del Código de Tránsito y Transporte. Los predios que se destinen para playa de remisión de vehículos acarreados serán establecidos por el Poder Ejecutivo, constituyendo una mera autorización al adjudicatario de cada zona, para ser utilizados exclusivamente para la guarda de tales vehículos. La afectación del predio será por un plazo máximo de cinco (5 años) y no constituye derecho, privilegio o usufructo alguno a favor del operador sobre los predios asignados a la prestación del servicio”.
Los fundamentos del proyecto dicen: “Respecto al servicio de grúas para el acarreo de vehículos, el proyecto plantea la división de la Ciudad en tres (3) zonas, cuyo servicio será adjudicado a diferentes operadores mediante el llamado a licitación pública que llevará a cabo el Poder Ejecutivo. Los predios que se destinen para playa de remisión de vehículos acarreados serán establecidos por el Poder Ejecutivo, por un plazo máximo de cinco (años) y no constituirá derecho, privilegio o usufructo alguno a favor del operador sobre los predios asignados a la prestación del servicio. Miércoles 4 de Noviembre de 2020 MEN-2020-48-GCABA-AJG Es importante destacar, que el control del estacionamiento mediante el servicio de grúas para el acarreo de vehículos, es fundamental para la seguridad vial, la fluidez en la circulación y la convivencia entre vecinos de la Ciudad”.